LA RAZÓN DE LOS NEGOCIOS Y SU IMPORTANCIA EN LA MATERIALIZACIÓN DE ACTOS JURÍDICOS.

Asesoría yproyección empresarial

El presente artículo, pretende informar a las empresas, personas físicas y asesores jurídicos respecto a las nuevas disposiciones referentes a la razón de negocios de actos jurídicos, hablar sobre la posición por parte de la autoridad fiscal respecto a la materialidad y sustancia de las operaciones de los contribuyentes, asimismo, hablamos de las posibles consecuencias de realizar actos sin el soporte jurídico necesario para ello. Presta mucha atención e identifica si tu forma de operar no contraviene con estas disposiciones, o si es necesario que realices algún cambio (articulo en pdf).

¿Sabes que es la razón de negocios y como debe ser materializada en los actos jurídicos?

La razón de negocios, es un concepto reconocido por el Código Fiscal de la Federación vigente, y se trata de aquel objeto, que da origen a un acto jurídico celebrado entre dos o más personas físicas o morales.

Cuando se celebra algún tipo de negociación, es necesario acudir con tu asesor jurídico para solicitar la elaboración de un contrato que de forma y vida a los derechos y obligaciones que nacen a partir de la firma del mismo, sin embargo, es realmente importante que dichos actos jurídicos sean celebrados de acuerdo a la realidad, logrando así, acreditar la razón de negocios.

 ¿Por qué es tan importante la acreditación de la razón de negocios?

El Código Fiscal de la Federación vigente, en su artículo 5A, señala textualmente que "los actos jurídicos que carezcan de una razón de negocios y que generen un beneficio fiscal directo o indirecto, tendrán los efectos fiscales que correspondan a los que se habrían realizado para la obtención del beneficio económico razonablemente esperado para el contribuyente"; Después, en su párrafo segundo, señala que en el ejercicio de sus facultades de comprobación, la autoridad fiscal podrá presumir que los actos jurídicos carecen de una razón de negocios con base en los hechos y circunstancias del contribuyente.(CFF, 2022).

 ¿Qué pretende el legislador en el artículo 5A?

Nada más y nada menos que evitar que el contribuyente realice actos jurídicos diferentes a los que reporta, o que estos sean inexistentes, asimismo, evitar prácticas como el lavado de dinero o los beneficios fiscales en algunos casos. Si seguimos analizando el artículo 5A, el contribuyente, en caso de que la autoridad desconozca alguna de sus operaciones y ponga en juicio la razón de negocios, este podrá manifestar lo que a su derecho convenga y aportar la documentación tendiente a desvirtuar dicha presunción.

Si esto no fuera suficiente, en caso de que la autoridad objete la validez fiscal de tus actos jurídicos y señale la inexistencia de las operaciones, tu empresa o actividad empresarial podrá caer en el supuesto del artículo 69-B CFF y convertirse en “EFOS” o "EDOS", al facturar o deducir operaciones simuladas, es decir, aquellas que lucran mediante comprobantes fiscales digitales, que amparan operaciones simuladas.

Quizá como contribuyente, no cometas irregularidad alguna y creas que estás cubierto respecto a este tema, sin embargo, es importante que consideres que, quien decide cuales son los actos jurídicos que carecen de razón de negocios es la autoridad y deberás contar con todas las herramientas para evitar ser cuestionado. Es por ello que traemos para ti, una lista de puntos a considerar en el momento de materializar cualquier negociación con efectos fiscales y evitar caer en los supuestos previamente mencionados, así que, continúa leyendo con atención: